1.- Aceptación – Si el cliente está conforme con la oferta técnico-económica presentada por IDIT Formación, deberá devolver una copia de la misma debidamente firmada en señal de aceptación. A esta aceptación se deberá adjuntar la documentación de matriculación correspondiente con un plazo mínimo de antelación de 7 días respecto al inicio del curso.
En caso de disconformidad del CLIENTE con cualquier término o condición de la oferta técnico-económica, deberá comunicar esta circunstancia a IDIT antes del comienzo de su ejecución, para acordar, en su caso, las nuevas condiciones aplicables.
2.- Condiciones económicas.- En la oferta técnico-económica aparecen reflejadas las condiciones económicas asociadas al proyecto formativo.
- Forma de pago: El importe de los servicios de formación se abonarán mediante recibo domiciliado o transferencia bancaria, de forma posterior a la realización del curso.
- Bonificación: La inversión económica asociada a la oferta formativa puede ser susceptible de financiación a través del crédito de formación de las empresas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre. El importe de bonificación dependerá de la duración en horas del programa formativo, de su nivel (básico/superior) y del número de participantes que lo superen en base a los requisitos establecidos en la normativa anterior.
- El requisito más importante es el que hace referencia a que cada participante debe completar, al menos, el 75% de la formación para que sea considerado como apto.
3.- Metodología.- La formación que ofrece IDIT Formación puede desarrollarse en modalidad PRESENCIAL o SEMIPRESENCIAL, en el caso de combinar la formación presencial con formación online. La modalidad asociada al proyecto formativo quedará recogida en la oferta técnico-económica.
4.- Envío del material.- El material asociado al plan formativo contratado será enviado mediante empresa de mensajería a la dirección y persona de contacto facilitada por EL CLIENTE con 48 horas de antelación con respecto al inicio de la acción formativa. En el caso de que se produzca cualquier retraso en la entrega del material, IDIT Formación se pondrá en contacto con EL CLIENTE para informarle de la nueva entrega.
El material que se enviará al CLIENTE se compondrá de lo siguiente:
- Documentación de gestión (asistencia y evaluación).
- Pack del alumno (carpeta portadocumentos, bloc de notas, bolígrafo y material didáctico).
- Proyector y equipo informático docente (en caso de que sea necesario).
5.- Ejecución del curso
- Protocolo de comunicaciones: EL CLIENTE mantendrá informado a IDIT Formación sobre cualquier incidencia que pudiera surgir durante el desarrollo de la acción formativa.
- Política de cancelación: Una vez iniciada la acción formativa, no se podrán realizar cambios de día, horario ni lugar de impartición. En caso de que sea necesario, por motivos ineludibles, será comunicado a IDIT Formación por escrito, al menos, con 24 horas de antelación.
- Documentación de gestión: Los cursos que se financien total o parcialmente en base a lo establecido en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, deberán cumplir las siguientes directrices en relación con la gestión de la documentación administrativa asociada a cada acción. Esta documentación será enviada al CLIENTE por IDIT Formación en los días previos al inicio de la formación:
- CARTEL DEL AULA: Estará colocado cada día en la puerta del aula en un lugar visible.
- PARTE DE ASISTENCIA: Este documento debe estar en el aula durante el desarrollo de la acción formativa y debe ser firmado por alumnado y docente.
- COMPROBANTE DE ENTREGA DEL MATERIAL DEL ALUMNO: Este documento debe estar en el aula durante el desarrollo de la acción formativa y debe ser firmado por alumnado y docente.
- CUESTIONARIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LA CALIDAD: Deberá ser cumplimentado al finalizar la acción formativa por cada uno de los participantes.
6.- Cofinanciación
Según lo establecido en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, las empresas tienen la obligación de cofinanciar una parte del coste de formación. Los costes salariales de los trabajadores que reciben formación en horas de trabajo computan en el cálculo de la cofinanciación privada a cumplir. Por tanto, las empresas participarán con sus propios recursos en la financiación de la formación continua que desarrollen a favor de sus trabajadores, según los porcentajes mínimos que se establecen en función del tamaño de las empresas (las empresas de 1 a 5 trabajadores resultan exentas de esta obligación):
- De 6 a 9 trabajadores: 5 por ciento.
- De 10 a 49 trabajadores: 10 por ciento.
- De 50 a 249 trabajadores: 20 por ciento.
- De 250 o más trabajadores: 40 por ciento.
Se considerarán incluidos en la cofinanciación privada los costes salariales de los trabajadores que reciben formación en la jornada laboral. A estos efectos, sólo podrán tenerse en cuenta las horas de dicha jornada en las que realmente los trabajadores participan en la formación.
7.- Protección de datos.- En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre y su Reglamento de Desarrollo, le informamos de que sus datos personales serán incorporados a un fichero responsabilidad de Innovación y Desarrollo Internacional Consultores S.L. con la finalidad de gestionar la solicitud realizada por el titular de los datos en relación con los servicios proporcionados por IDIT Formación. Para la correcta gestión de dichos servicios, y en los casos necesarios sus datos serán comunicados a los organismos oficiales necesarios (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo,…).